Nación
SCJN invalida primera parte del “Plan B” de AMLO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválida la primera parte analizada del “Plan B” de reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), avalada por los grupos parlamentarios de Morena y sus aliados en el Congreso de la Unión. Ello al considerar que hubo violaciones graves al proceso legislativo establecido en los reglamentos de las cámaras y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La mayoría del pleno de la SCJN se pronunció en favor del proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán para declarar inconstitucional una parte del “Plan B” correspondiente a la reforma a la Ley de Comunicación Social y la Ley de Responsabilidades Administrativas. El análisis inició desechando la posibilidad de invalidar el decreto por la falta de un parlamento abierto o consulta a pueblos indígenas al considerar que ello no era obligatorio.
Sin embargo, la mayor parte de los integrantes de la Corte apoyaron dejar sin efecto la modificación legal al considerar que hubo violaciones al proceso legislativo cuando se aprobó el dictamen en diciembre de 2022. Al respecto, el ministro ponente explicó que la dispensa de trámites es válida ante una causa real y razonada; sin embargo, señaló que la adopción de este procedimiento nunca se justificó en esa ocasión.
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Asimismo, sostuvo que el decreto no es el resultado del debate que debe existir en el órgano legislativo. Ello al considerar que la tramitación injustificada de urgencia, en la Cámara de Diputados, y las irregularidades, en las comisiones del Senado, impidieron el conocimiento pleno y la deliberación democrática real.
Sobre estas últimas, el ministro expuso que las comisiones de Gobernación y Estudios Legislativos Segunda debieron sesionar de manera conjunta; sin embargo, detalló que al no tener quórum para ello decidieron discutir la minuta proveniente de San Lázaro de manera individual. Por último, el proyecto de Pérez Dayán estableció que los diputados no conocieron el contenido del orden del día del 6 de diciembre en tiempo y forma, ya que no apareció en la Gaceta Parlamentaria antes de las 10:00 p.m. del día anterior.
Durante la discusión, la ministra Margarita Ríos-Farjat comentó que para ella no hubo debate de la iniciativa y difícilmente pude concluirse que la mayoría de la Cámara de Diputados conocía las reformas. Asimismo, la extitular del Sistema de Administración Tributaria (SAT) sostuvo que las comisiones del Senado debieron sesionar juntas; al respecto, señaló que la idea de esto no es mera formalidad, sino un intento para enriquecer el dictamen, de manera previa a pasar al pleno, mediante el intercambio de ideas entre legisladores especializados.
Por su parte, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá argumentó que el deber de SCJN es velar por derecho de minorías a influir y moldear, en el transcurso de deliberaciones públicas, lo que será objeto de votación final. Por eso mismo, consideró que no se puede considerar automáticamente que las violaciones procedimentales son irrelevantes ser aprobadas por una mayoría.
De manera similar, el ministro Luis María Aguilar Morales comentó que la serie de violaciones al proceso, por parte de la mayoría de la 4T, implica la ruptura de los principios constitucionales que rigen la labor legislativa. En tanto, indicó que avalar el procedimiento con los rasgos anteriormente descritos equivaldría a asumir que la mayoría parlamentaria está por arriba de las reglas constitucionales.
En el mismo sentido, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea expresó que aunque para él no todas las violaciones procedimentales implican la invalidez de la norma aprobada, casos como este muestran un desaseo que altera el principio democrático. Asimismo, la ministra Norma Piña Hernández indicó que hay causas evidentes de vulneración a la equidad en la deliberación parlamentaria, al no cumplir con las condiciones mínimas, lo cual provocó que los legisladores no conocieran la reforma que avalaron.
A los votos en contra se sumaron también los ministros Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Mena.
Las únicas dos en oponerse al sentido del proyecto discutido fueron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf. La primera de ellas señaló que la dispensa de trámites para urgente resolución es una práctica recurrente y aceptada, que los coordinadores parlamentarios habían anunciado desde temprano que se usaría ese procedimiento para varias reformas y que se estaba atendiendo una resolución de la Corte no acatada desde 2021 para reglamentar el artículo 134 constitucional; en tanto, la segunda señaló reconoció que sí hubo violaciones al proceso legislativo, en cuanto a la publicidad y al trámite de urgencia, pero no consideró que fueran suficientes para anular la aprobación.
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