Nación
Rodríguez Mondragón propone revocar y repetir convocatoria de elección judicial e insaculación que definió cargos a votarse
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propondrá a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocar la Convocatoria General Pública del Senado de la República por presuntamente no cumplir con la paridad de género ni el decreto que dio vigencia a la Reforma Judicial. Esto a su vez generaría que se repitan los pasos avanzados en la preparación de los comicios para renovar la mitad del Poder Judicial de la Federación (PJF).
El TEPJF dio a conocer un proyecto de Reyes Rodríguez Mondragón en el que retoma las denuncias de tres personas juzgadoras que piden revisar si la convocatoria del Senado para la elección judicial no viola la Reforma Judicial. A criterio de este, se encuentra fundada la acusación de que el desahogo del proceso de insaculación y su resultado, el listado de juzgados y magistraturas que se elegirán en 2025 y 2027, son contrarios al decreto del 15 de septiembre de 2024.
Según su criterio, el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, estableció una metodología para realizar el desahogo del procedimiento de insaculación, misma que se adoptó de manera gradual y espontánea durante el desarrollo de esa diligencia, siendo ajena a las reglas establecidas. Asegura que si un circuito judicial tiene varias materias de especialización, entonces se debe hacer una insaculación por circuito y por cada materia, a fin de lograr que sólo salga insaculada la mitad de los juzgadores tomando en cuenta las vacantes existentes por materia y por circuito, no de un listado único como si fuera una sola circunscripción.
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“Esto es, –a manera de ejemplo– si un circuito judicial tiene 10 magistraturas en materia civil, entonces se debe hacer una insaculación tendente a obtener como cargos insaculados la mitad de éstos, y si existen vacancias en esa misma preclasificación también se deben tener en cuenta; es decir, si existen 2 vacancias en un circuito determinado entre las magistraturas en materia civil, entonces se debe buscar la insaculación de 3 magistraturas para completar las cinco restantes que serían la mitad en ese circuito y materia”, apunta.
Por otra parte, el magistrado propone a sus dos compañeras y dos compañeros declarar que también hay una vulneración al principio de paridad de género. Argumenta que el Senado no observó dicho principio al momento de establecer los parámetros para la insaculación de los cargos a renovarse en el PJF ni en la Convocatoria.
“De la lectura de las bases de insaculación y la Convocatoria, se advierte que la responsable no implementó ninguna acción o medida que permitiera garantizar, de manera real y objetiva, el principio de paridad de género en las etapas del proceso electivo, ya que los documentos únicamente refieren, de manera genérica, que dicho principio habrá de cumplirse en la postulación, elección y asignación”, pronunció.
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Rodríguez Mondragón reconoció que se estableció que los Comités de Evaluación de cada Poder Constitucional deberán emitir lineamientos o considerar en sus respectivas convocatorias que en la postulación de las candidaturas se garantice la paridad de género. Asimismo, mencionó que se indica en la convocatoria que el Consejo General del INE podrá expedir lineamientos en la organización del proceso electoral para garantizar el principio constitucional de paridad de género.
Sin embargo, concluye que tales previsiones, que delegan la implementación de la postulación paritaria, son insuficientes para garantizar la paridad en la integración del órgano. Asimismo, aseguró que no permite que se mantengan en sus cargos las mujeres que accedieron a esos puestos de toma de decisiones, en la mayoría de los casos, derivado de acciones afirmativas que buscaron acortar la brecha de género en el Poder Judicial.
Ante ello, finalmente propone ordenar revocar la Convocatoria General Pública emitida por el Senado de la República para la elección judicial, por cuanto hace a magistraturas de circuito y juzgados de distrito. En segundo lugar, indica que se debe emitir de nueva cuenta el procedimiento de insaculación, el cual deberá realizarse por cada uno de los 32 circuitos existentes en el país, tomando en cuenta en cada uno de ellos, la materia de especialización existente y sus respectivas vacantes.
Asimismo, el documento proyecta que quedarán exentas de participar todas las plazas de magistraturas de circuito y juzgados de distrito cuyas titulares son del género femenino. Una vez desahogado el procedimiento de insaculación, deberá emitirse una nueva convocatoria de forma exclusiva para la renovación de las magistradas y magistrados de circuito y juezas y jueces de distrito, en la cual se incluya el resultado de la nueva insaculación.
Finalmente, añade que los comités de evaluación de los tres poderes deberán ajustar los plazos de sus respectivas actuaciones, por cuanto hace de forma exclusiva a la elección de magistraturas de circuito y juzgadores de distrito.
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