Nación
«Prisión preventiva oficiosa es necesaria ante la existencia del crimen organizado en el país»: Sheinbaum

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo defendió la prisión preventiva oficiosa, medida cautelar que se aplica en automático para evitar la fuga de personas que presuntamente cometen los delitos conocidos informalmente como «graves». Cabe destacar que estos se encuentran en un catálogo explícito en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Durante la ‘mañanera’, Claudia Sheinbaum fue cuestionada respecto a la propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) elimine la prisión preventiva oficiosa. Cabe recordar que dicha medida consiste en que los presuntos responsables de determinados delitos, como homicidios, sean en automático llevados a prisión.
«Desde mi perspectiva, y lo he mantenido desde la Jefatura de Gobierno: frente a la situación de inseguridad que vive el país, los grupos de la delincuencia organizada, es importante —incluso para protección de los propios jueces, ahora viéndolo en apoyo a los jueces— que haya ciertos delitos donde no quede a criterio del juez si [lo que merece el acusado] es prisión preventiva», pronunció.
La mandataria consideró positivo que haya una orientación legal previa sobre como actuar ante ciertos delitos. Aunque destacó que este tema ha generado una discusión muy grande, insistió en que su vigencia en México es necesaria frente a la situación actual, dado que incluso no pondría al juez en riesgo frente a algún delincuente peligroso.
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Finalmente, Claudia Sheinbaum resaltó que actualmente la oposición está en contra de la prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, mencionó que esta tampoco plantea otras opciones que sean eficaces ante la situación actual y las condiciones en las que vive nuestro país.
De acuerdo con la Carta Magna, el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente en casos como los de abuso o violencia sexual contra menores; delincuencia organizada; extorsión; delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal
introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados; homicidio doloso; feminicidio; violación; secuestro; trata de personas; robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales; y corrupción.
En el catálogo de acciones ilegales a las que se les impone esta medida automática también se encuentran los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades; delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos; delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea; delito de terrorismo y de los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación de la salud, del libre desarrollo de la personalidad; y contrabando.
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