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Jueza de Morelos concede suspensión definitiva contra reforma judicial

Jueza de Morelos concede suspensión definitiva contra reforma judicial
Foto: Especial

La jueza del juzgado Quinto de Distrito con sede en Morelos, Martha Eugenia Magaña López, concedió una suspensión definitiva para que la reforma al Poder Judicial de la Federación, del cual ella es parte, no pueda ser discutida y aprobada por la Cámara de Diputados, proceso que ya ocurrió la tarde noche de ayer martes y la madrugada de este miércoles.

Pese a que los legisladores afirman que ningún juez tiene competencia sobre las funciones del legislativo de hacer reformas constitucionales, la integrante del Poder Judicial otorgó la suspensión definitiva, aunque ella misma había advertido que estaba impedida para analizar el asunto de fondo, que es la suspensión que solicitaron cuatro jueces para que en caso de ser aprobada la reforma a ellos no les sea aplicada y conserven sus derechos.

Sin embargo, Magaña López apuntó en su nueva resolución que al no tener respuesta del Tribunal al que turnó el caso para que determinara si lo podía analizar o no, decidió otorgar la suspensión definitiva. Esta acción la justificó al afirmar que la ley de amparo obliga a un juzgador a dar una suspensión mientras se decide su en efecto está impedido o no para resolver un caso.

La jueza aseguró que era necesario otorgar la suspensión toda vez que consideró que “se trata de actos que afectan gravemente a la sociedad, al causar perjuicio a la salud, economía, ambiente o permiten la realización de actividades ilícitas y constitutivas de delitos”.

La jueza con sede en Morelos que es la misma que ya había concedido la suspensión provisional, también ordenó a los legisladores, ahora del Senado, que no aprueben la reforma y que detengan el proceso legislativo de enviarla a los congresos locales para su aval también.

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“En el momento que se encuentra el proceso legislativo, esto es ante el proyecto de iniciativa de reforma constitucional que será votado en la Cámara de Senadores para posterior a ello ser avalado en las legislaturas locales, es factible suspender el acto reclamado para analizarlo, a la luz de las inconformidades de los quejosos, al no haberse materializado”, añadió en su resolución.

Martha Eugenia Magaña también señaló que los demandados, la Presidencia de la República y Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, no había respondido a su petición de entregar los informes sobre el estatus de esta discusión, por lo que adelantó que podría solicitar la intervención de la Fiscalía General de la República para que inicie una investigación por desacato.

Recordemos que tanto la bancada de Morena, de forma particular, su coordinador Ricardo Monreal Ávila, y el presidente Andrés Manuel López Obrador han sostenido que la jueza no tiene atribuciones para liberar las ordenes de suspensión y contrario a ello está interviniendo en un poder que es independiente.

E incluso Monreal Ávila explicó que de acuerdo con tres artículos es inadmisible: artículo 65 fracción 1 de la Ley de Amparo dice que en caso de adiciones o reformas a la Constitución el Juicio de Amparo es improcedente, junto con todas sus derivaciones y actos anteriores, ningún órgano jurisdiccional es procedente. Y añadió también que en el artículo 39 de la Constitución dice que el pueblo puede darse un sistema de gobierno que decida, es inalienable.

Además, agregó que en el artículo 135 de la Constitución al que se le considera el Supremo Reformador de la Constitución, se establece que es la mayoría calificada quien lo decide. Y en ese sentido, advirtió que la tienen.

“El artículo 135 de la Constitución establece un mecanismo completo, difícil, para lograr adiciones y reformas a la Constitución, mayorías calificadas, dos terceras partes y mayoría en las legislaturas de los estados. El artículo 135 lo conocer como el poder reformador de la Constitución, aunque sea aceptando sus críticas, ese poder constituyente lo ejercemos la mayoría calificada de esta asamblea”, recordó.

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