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INE de Lorenzo Córdova siempre permitió sobrerrepresentación por partidos, aún estando en coaliciones

Foto: Especial

El 15 de agosto, exconsejeras y exconsejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) y del Instituto Nacional Electoral (INE) publicaron un nuevo desplegado pidiendo a las actuales autoridades electorales no tener una lectura «letrista y parcial» del artículo 54 de la Constitución Política, misma que otorgaría al bloque de la «Cuarta Transformación» una mayoría calificada en la Cámara de Diputados. Al respecto, indicaron que ello es incorrecto y se requiere de una lectura más «abarcante, completa, sistemática y funcional» argumentando que se requiere que se refleje la pluralidad política.

«De su decisión dependerá la adecuada representación de las distintas fuerzas políticas a partir del respaldo ciudadano que recibieron el 2 de junio pasado, así como refrendar que se cumpla el propósito de los límites máximos a la sobrerrepresentación establecidos en la Constitución en 1996: que toda modificación al texto de nuestra Carta Fundamental requiera de grandes acuerdos políticos, como los que precisa el pacto constitucional mismo y no dependa de una sola fuerza política”, señalaron.

Entre los “abajo firmantes” del documento aparecen los tres consejeros presidentes que han encabezado al “árbitro electoral”: Isaac José Woldenberg Karakowsky; Leonardo Valdés Zurita; y Lorenzo Córdova Vianello. Pese a que los tres han fungido como oradores de la oposición, organizada como “Marea Rosa”, este último ha sido uno de los principales críticos públicos del bloque gobernante, aún en un cargo público.

En las últimas semanas, el hijo del historiador, jurista y politólogo Arnaldo Córdova fue uno de los impulsores del debate señalando que Morena, Partido del Trabajo (PT) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM) no deben tener la mayoría calificada en San Lázaro. Sin embargo, para apelar a ello, como otros, indicó que la Constitución Política no debe aplicarse tal cual, sino que se debe interpretar de modo que esta vez el tope de 8% de sobrerrepresentación no aplique a partidos políticos sino a coaliciones.

Pese a la petición de reinterpretar la ley, citando reformas de 1996 que fueron eliminadas con la reforma electoral de 2006-2007, cabe resaltar que el INE presidido por Lorenzo Córdova no implementó tal lectura de las normas constitucionales. Desde 2015 el INE, dirigido por el investigador de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), implementó solo una medida más para evitar la sobrerrepresentación de los partidos políticos a la hora de designar las curules de representación proporcional.

De las tres elecciones federales anteriores que le tocó verificar desde el órgano electoral, en dos ocasiones se le quitaron escaños a dos fuerzas partidistas por exceder el número de representantes en la Cámara de Diputados que se le permitirían a partir de la sobrerrepresentación que permite el texto constitucional. En ambos casos, se calculó el límite por partido político , no por coalición como ahora exige con otros.

2015: Quitan al PRI diputados de RP, pero le permiten filtrar priístas vía el PVEM

En 2015, el INE analizó una denuncia del Partido de la Revolución Democrática (PRD) sobre un intento de «distorsión» del concepto de representación al registrarse militantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) como candidatos del PVEM, su aliado. En ese momento, se inclinaron por adoptar sentencias de la Sala Xalapa, donde se señala que «la autoridad administrativa electoral sólo debe revisar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales y no es procedente que cuestione, de manera subjetiva, los actos intrapartidistas de selección de candidatos, o bien de aquellos que deriven de los Convenios de Coalición».

Adicionalmente, analizó una sentencia de la Sala Monterrey respecto al caso de una «coalición» donde se sostuvo que «no existe razón suficiente para establecer que los partidos coaligados cuentan con la facultad de poder convenir a qué partido va a representar [un militante activo de determinado partido] en el Congreso y con ello evadir los límites constitucionalmente previstos para garantizar la pluralidad y proporcionalidad en la integración de la legislatura”. Sin embargo, se desestimó su aplicación diciendo que el proceso electoral estaba ya en la etapa de resultados y de declaraciones de validez de las elecciones, por lo que los ciudadanos ya habían expresado su voluntad.

Tras ello, se calcularon cuántas curules de Representación Proporcional tendrían los partidos conforme a lo establecido en las leyes electorales; enseguida, el INE procedió a verificar que no existiera una sobrerrepresentación mayor a trescientos diputados por ambos principios como dice la Constitución Política. En tanto, se calculó cuál sería el límite de diputados a partir del porcentaje de la votación emitida más 8 puntos porcentuales extras, determinando que solamente el PRI excedía tal rango, al tener 220 curules pese al límite máximo de 203 o 40.7% de las diputaciones.

A partir de ello, le fueron deducidos el número de diputados de Representación Proporcional hasta ajustarse a los límites establecidos en la Constitución Política, asignándose las diputaciones excedentes a los demás partidos políticos que no cayeron en una sobrerrepresentación. Tras ello vino la asignación por cociente de distribución y resto mayor al partido político sobrerrepresentado; finalmente, se realizó la correspondiente a los partidos políticos no sobrerrepresentados, a partir del cálculo de los cocientes de distribución por circunscripción y la votación efectiva partidista en cada una de ellas.

2018: 4T llega con el PT sobrerrepresentado

Para 2018, la cosas no serían muy diferentes. El 4 de abril de ese año durante la determinación del mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de curules por el principio de representación proporcional en la Cámara de Diputados, el consejero Benito Nacif explicó lo siguiente:

“En el principio de Representación Proporcional la asignación de cargos se efectúa a partir del porcentaje de votos obtenidos por un partido político en la región o circunscripción geográfica determinada. El objetivo de este principio es proteger la expresión electoral de las minorías políticas y garantizar su participación en la integración del órgano legislativo según su representatividad”, pronunció.

En tanto, el 23 de agosto el Consejo General sesionó y aprobó el acuerdo sobre la validez de las diputaciones de Representación Proporcional en el que encontró, en un análisis preliminar, que ningún partido político contaba por sí solo con 300 diputados (de mayoría y pluriominales). Sin embargo, halló que el PT sí superaba el límite de 61 curules que le permitía tener como máximo su 4.3587% de votación recibida más un 8% de sobrerrepresentación máxima de curules por partido.

Según indica el documento, Pedro Vázquez González, representante del partido, intentó sortear el límite apelando a que se «corrigiera» el siglado u origen partidista de 35 candidaturas de la coalición y se les denominara como de Morena. Esto a fin de que en lugar de haber 58 diputados petistas de mayoría se contabilizaran solo 40, lo que le hubiera permitido recibir los 9 diputados de Representación Proporcional del cálculo preliminar. Ello se rechazó porque esos “actos que se pretenden modificar son definitivos y firmes, al formar parte de la etapa de preparación de la elección, misma que concluyó con la celebración de la Jornada Electoral”.

Acto seguido, mediante diversas operaciones establecidas en la ley y como pasó en 2015, se designaron primero las diputaciones del PT, como partido sobrerrepresentado, dándole solo 3 de las 9 curules plurinominales calculadas inicialmente, dado que su límite máximo era de 61. De esa manera, se repartieron 197 escaños plurinominales entre las otras fuerzas políticas participantes, ya que todas habían obtenido más del 3% de votos para conservar el registro.

2021: Se implementa la “afiliación efectiva” a diputados de mayoría para evitar la sobrerrepresentación partidista

En tanto, para 2021 sí hubo cambios, puesto que para evitar una sobrerrepresentación se estableció la verificación de la “afiliación efectiva” de cada una de las candidaturas triunfadoras por el principio de Mayoría Relativa. Ante los antecedentes, el 19 de marzo se discutió en el Consejo General del INE un acuerdo en el que se establecía que cada triunfo sería contabilizado a favor del partido con el cual el o la candidata ganadora tuviera la afiliación efectiva.

En caso de que no existiera, sería contabilizado en los términos del convenio de coalición; mientras tanto, si se trataba de una reelección, en el supuesto que éste no contara con una “afiliación efectiva” a alguno de los partidos que le postularon, el triunfo sería contabilizado al partido a cuyo grupo parlamentario haya pertenecido al momento del registro de la candidatura

El proyecto fue aprobado unánimemente; sin embargo, en la discusión hubieron comentarios relevantes. El consejero Martín Faz Mora fue claro al decir que desde 2015 el PRD había alertado que se había encontrado la manera de distorsionar el mecanismo de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional. Advirtió que las reformas en materia de coaliciones electorales de 2007 afectaron, de forma indirecta, los mecanismos constitucionales y legales que impulsan la pluralidad política nacional.

En el mismo sentido, Jaime Rivera Velázquez apuntó:

«A partir de la reforma de 2007, 2008, se modificó la forma en que se contarían los votos de los partidos integrantes de coaliciones […] Sin embargo, el artículo 54 Constitucional no se modificó para hacerlo congruente con nuestra nueva disposición […] En los hechos las coaliciones suman sus votos para obtener triunfos de mayoría relativa, pero para los efectos de la representación proporcional, según la interpretación que se ha aplicado, no se suman los triunfos de mayoría y se puede esquivar así el límite constitucional […] , los incentivos estaban dados y algunos partidos los han aprovechado

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Tras la elección, tales reglas fueron aplicadas y en primer lugar se determinaron los espacios de Mayoría Relativa considerando la “afiliación efectiva” y posteriormente se procedió a calcular preliminarmente los espacios plurinominales, de acuerdo a la votación por partido. Al no haber ninguna fuerza que superara los topes marcados por el artículo 54 constitucional, y tras designaciones de las últimos espacios por “restos mayores” o remanentes de votos mayores, el INE concluyó el reparto.

El 23 de agosto de 2021, en la sesión donde se aprobó el acuerdo con estos cálculos, el consejero Ciro Murayama explicó que la coalición gobernante –Morena, PT, PVEM – recibió el 47.8% de los votos y obtuvo el 55.6% de los espacios en la Cámara de Diputados. Entonces, explicó que la alteración de la representación en México es inherente al sistema de mayoría relativa mediante el que se definen 300 espacios, aún pese a que la representación proporcional para 200 espacios,permite reflejar mejor las preferencias.

“Movimiento Ciudadano es la cuarta fuerza en preferencia del electorado, pero será la sexta bancada; el Partido de la Revolución Democrática es la sexta fuerza en preferencia y será la séptima bancada. ¿Cómo es posible?, porque las coaliciones siguen permitiendo que el partido más votado trasvase algunos de sus triunfos de mayoría relativa a sus socios minoritarios, que el voto de la gente en las urnas no sea el que indica a quien se le cuenta el diputado ganador”, apuntó.

Finalmente, Ciro Murayama cerró su intervención diciendo que el INE estaba aplicando la Constitución Política y las leyes vigentes, además de haciendo un esfuerzo para evitar la sobrerrepresentación por encima del límite constitucional del 8%. Sin embargo, afirmó textualmente que corregir la distorsión entre voto popular y presencia parlamentaria está en las manos del constituyente permanente, es decir, del Congreso de la Unión que es capaz de reformar las leyes, facultad que no tiene otro poder o institución.

“Así lo reclamó la izquierda mexicana a lo largo de la historia, que cada quien tenga el porcentaje de diputados que se corresponda con el porcentaje de voto popular. Veremos si hay congruencia democrática en el futuro”, sentenció.

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