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Nación

Elektra recibe nuevo revés fiscal

Niegan amparo a Elektra, deberá pagar 24 mil millones de pesos al SAT
Foto: Especial

Grupo Elektra, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, recibió un nuevo revés por un tribunal que ordenó el pago de dos mil millones de pesos (mdp) de adeudo fiscal desde hace 15 años. Cabe destacar que apenas cinco días atrás otro tribunal había determinado que dicho conglomerado de empresas debían pagar también la misma cantidad por un crédito fiscal de 2012, causando la respuesta de Grupo Salinas.

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Ciudad de México, votó de manera unánime para rechazar un amparo para Grupo Elektra, con el cual buscaba evitar el pago de un crédito fiscal a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Al respecto, los magistrados dieron por válida la orden emitida anteriormente por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para que dicho conglomerado saldara 2 mil mdp por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Apenas el pasado 19 de junio, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa había dictado también el pago de un crédito fiscal semejante, pues ascendía aproximadamente a los 2 mil mdp. Sin embargo, este no era de 2010, sino de 2012.

Ante ello, Grupo Salinas respondió que la negativa de amparo era ilegal y exponía que el sistema de justicia está sometido a una agenda e intereses políticos. Aseguró que esto era resultado de la elección judicial, acusando que los magistrados Ana María Ibarra Olguí, Yeremy Patricia Penagos Ruiz y Alfredo Enrique Báez López habían actuado por intereses y presiones políticas.

«Además de omitir considerar impedimentos procesales debidamente planteados, confirmaron y exhibieron su alineación con un proyecto político, dejando de lado los derechos de los contribuyentes y abriendo la puerta al uso político de la justicia», recriminó sin dar prueba alguna de ello.

Finalmente, anunció que continuaría con la defensa de sus intereses a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) , pues pedirían que revisaran si era constitucional la decisión tomada. Por ende, podría actuar de igual manera ante la orden de pago emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

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