Nación
Corte valida ley que condiciona apoyos del SNII para investigadores de instituciones privadas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la validez de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, que permite otorgar apoyos económicos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) a personas investigadoras de instituciones privadas bajo determinadas condiciones.
Con siete votos a favor y uno en contra, el pleno de la Suprema Corte aprobó el proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, que proponía reconocer la validez de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación. Durante la discusión, el pleno descartó vulneraciones al proceso legislativo, al considerar que las irregularidades señaladas por minorías parlamentarias no afectaron su desarrollo.
Por otra parte, la mayoría de las ministras y los ministros coincidió en que la norma no excluye a las personas investigadoras de instituciones privadas del acceso a mecanismos e instrumentos públicos de fomento y apoyo del SNII. Sin embargo, la resolución precisó que los apoyos pueden otorgarse solo cuando las investigaciones se orienten a fines públicos de interés nacional, definidos por la secretaría del ramo en los instrumentos programáticos y de planeación respectivos.
Herrerías Guerra explicó que el artículo 34 de la ley prevé destinar recursos a proyectos y actividades de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación vinculados con las áreas estratégicas o prioritarias del desarrollo nacional y los temas de interés público nacional o de atención indispensable considerados en la Agenda Nacional.
«El artículo 41 permite apoyos gubernamentales a investigadores de instituciones no públicas cuando realicen actividades sustantivas: docencia de cursos, coordinación de programas, entre otros, en instituciones públicas», añadió la ministra.
La ministra Lenia Batres votó a favor de la validez de la ley. Argumentó que esta permite hacer efectivo el derecho constitucional de todas las personas a disfrutar de los beneficios del desarrollo científico y tecnológico. También sostuvo que el marco jurídico busca que la asignación de recursos públicos responda a las necesidades sociales y no únicamente a los intereses de quienes realizan actividades de investigación, conforme a lo que se establece en la fracción V del artículo 3° constitucional.
«Hubo proyectos con la anterior ley para mejorar la preparación de la barbacoa, para el enfriamiento de pastas para pizzas y de salsas para pizzas; además de pintura para vehículos. Entonces, eso llevó a hacer estas reformas», añadió la ministra María Estela Ríos González.
El voto en contra de la validez de los artículos 34 y 41 provino de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien consideró que imponen un trato diferenciado entre las personas investigadoras de instituciones públicas y las de instituciones privadas. Además, afirmó que la distinción ocasiona una violación a los derechos fundamentales de las personas.
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