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Corte da hasta 2024 para revertir el paso de la GN a la Sedena
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó dar al Gobierno federal como plazo hasta enero de 2024 para que la invalidez del traspaso de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) sea revertida.
El pleno de la Corte afirma que la medida de retrasar hasta el 1 de enero la entrada en vigor de la invalidez en la acción de inconstitucionalidad 137/2022, que interpusieron los senadores de oposición, permitirá que tanto la Sedena, la Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) cuenten con el tiempo suficiente para realizar la readscripción a la SSPC.
“Lo anterior permitirá que las dependencias involucradas cuenten con el tiempo necesario para realizar de manera paulatina y ordenada las modificaciones al control administrativo, presupuestal y operativo de la Guardia Nacional, con el objetivo de garantizar la certeza jurídica en su operación y en el estatus jurídico de quienes integran esta institución civil”, subrayó el ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá.
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La medida avalada por mayoría de votos de los ministros, “privilegia la certeza jurídica en el control y operación de la Guardia”, dijo González Alcántara, al tiempo que “se asegura que se respete la integración de las provisiones necesarias para el efecto del Presupuesto de Egresos de la Federación (FEF)”.
Recordemos que este martes la Corte resolvió que haber trasladado el control de la Guardia Nacional a la Sedena era inconstitucional toda vez que no presuntamente no se garantizaba el mando civil como lo establece el artículo 31 de la Carta Magna.
Ello, tras haber analizado la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores que impugnaron el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 9 de septiembre sobre las reformas aprobadas por Morena y sus aliados de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley de la Guardia Nacional; Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.
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