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Blinda Corte a Cuauhtémoc Blanco

Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió una nueva suspensión que evita que el presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco, así como los integrantes de su cabildo sean destituidos por desacato e inhabilitados por seis años para ejercer cualquier cargo público.

La orden contra Blanco tuvo sus orígenes a finales de 2016, cuando el Congreso de Morelos aprobó revocar el mandato e iniciar un juicio político por desacato a una sentencia judicial que le ordenaba pagar 27.2 millones de pesos a la empresa recolectora de basura Totcher, S.A.

La suspensión solicitada impide que se ejecute la resolución impugnada en la demanda hasta que se resuelva el asunto mismo que fue turnado al ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. De esta manera el ministro concedió al municipio la suspensión solicitada contra la destitución que ordenó el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Morelos. Dicha suspensión tiene el efecto de que no se ejecute la resolución impugnada en la demanda hasta que el ministro Arturo Zaldívar analice el caso y resuelva el fondo del asunto.

En el acuerdo de admisión, el ministro Zaldívar resolvió que se tiene como demandados en este procedimiento constitucional a los poderes Legislativo y Ejecutivo, al Tribunal de Justicia Administrativa, así como al Secretario de Gobierno, todos del Estado de Morelos. Acordó también emplazar a las autoridades demandadas para que contesten dentro del plazo de 30 días hábiles. Además, las requirió para que junto con sus informes envíen a la SCJN las pruebas relacionadas con el caso, bajo la condición de que, de no cumplir con lo anterior, se les aplicará una multa.

Con esta suspensión, Cuauhtémoc Blanco Bravo sigue en la contienda por la candidatura para la gubernatura de Morelos, misma que disputará contra el morenista Rabindranath Salazar, para abanderar la alianza Juntos Haremos Historia, que forman Morena, PT y PES. A partir de esta resolución podrían pasar meses o más de un año para que el caso llegue a ser discutido por el pleno de la Corte, en tanto, el alcalde no podrá ser removido de su cargo.

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