Metrópoli
Alcaldía Cuauhtémoc y Gobierno de CDMX se culpan por supervisión de demolición en edificio colapsado en San Antonio Abad
Los gobiernos de la alcaldía Cuauhtémoc y el Gobierno de Ciudad de México (CDMX) intercambiaron señalamientos respecto a quién debía supervisar las obras de demolición del edificio que colapsó el pasado 9 de marzo en San Antonio Abad 124, colonia Tránsito, dejando tres personas muertas y una herida.
En conferencia de prensa, Alessandra Rojo de la Vega, alcaldesa de Cuauhtémoc, mencionó que el acuerdo de facilidades administrativas del 14 de marzo de 2025, que rige la demolición de inmuebles dañados por el sismo del 19 de septiembre de 2019, se trata de un régimen de excepción que establece nuevas normas en la materia.
Aseguró que en él se establece que la Secretaría de Vivienda (Sevivienda) es la responsable de coordinar y supervisar todos los trabajos de demolición. Además, apuntó que la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC) brindará las medidas de protección civil correspondientes durante la ejecución de las obras de rehabilitación, reconstrucción o demolición.
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“Ellos tenían que evitar que esto pasara. Este es el punto clave, esta es su propia norma, ellos la hicieron, ellos la publicaron, ellos la conocen, supongo, espero, y aún así decidieron no cumplirla, decidieron politizarlo”, expresó.
Cabe destacar que la norma ordena que Sevivienda:
«Coordinará y dará seguimiento a la ejecución de las obras de demolición, rehabilitación y reconstrucción de las viviendas afectadas por el sismo […] entre las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México».
Además, establece que las alcaldías informarán a Sevivienda «de cualquier irregularidad durante los procesos de demolición, rehabilitación o reconstrucción en las viviendas afectadas».
Adicionalmente, la alcaldesa criticó que el acuerdo incluya al «Estudio o programa en materia de protección civil» dentro de la lista de trámites que se eximen a inmuebles en demolición, rehabilitación o reconstrucción cuando Sevivienda les avale “facilidades administrativas”. Acusó que a su gobierno no se les ha dejado ingresar a realizar verificaciones a seis obras que han obtenido este beneficio administrativo bajo el argumento de que le corresponde hacerlo al gobierno de Clara Brugada.
Más tarde, el secretario de Vivienda, Inti Muñoz Santini, ofreció una conferencia de prensa donde señaló que Alessandra Rojo de la Vega está interpretando mal el acuerdo de facilidades administrativas para obras relacionadas con la reconstrucción del 19-S. Argumentó que tal norma –como lo establece la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México– es un mecanismo que busca solo agilizar el inicio de las obras de demolición de edificios de alto riesgo estructural.
“Esto no está por encima de ninguna disposición de carácter legal y, por supuesto, no está por encima de la Constitución. La aplicación del acuerdo de facilidades no es una licencia y no exime a las alcaldías de llevar a cabo a pie juntillas –sin interpretación de por medio– lo que señala en la Ley Orgánica para las alcaldías, el Reglamento de Construcciones, en materia de la obligación exclusiva de las alcaldías de verificar, supervisar las obras, asegurarse de que tengan medidas de seguridad y en determinados casos específicos dar licencia para una demolición”, pronunció.
El funcionario capitalino enfatizó que las obligaciones de las demarcaciones son ineludibles, inobjetables, claras y precisas. Apuntó que prueba de que el acuerdo no las exime es que la misma alcaldía Cuauhtémoc ha verificado históricamente y supervisado otras obras de la Comisión para la Reconstrucción.
Finalmente, sobre la politización de la tragedia dijo que esa proviene de la alcaldía Cuauhtémoc, ya que desde el gobierno capitalino solamente se ha dado información técnica y jurídica sobre los procesos de demolición como el que se llevaba a cabo en San Antonio Abad 124. En tanto, reiteró que el documento mostrado por Rojo de la Vega, sobre una supuesta negativa a la autorización o licencia de las obras en ese predio no es tal, sino solamente una prevención respecto a una solicitud de trámite llamada «publicitación de licencia especial de obra de demolición».
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