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Sedema responsabiliza a Semarnat por el proceso pendiente de reclasificación federal de Los Dinamos

La Secretaría de Medio Ambiente (Sedema) de Ciudad de México (CDMX) responsabiliza a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de la falta de recatalogación federal de Los Dinamos, ubicados en la alcaldía Magdalena Contreras, como Área Natural Protegida (ANP), esto luego de cuestionamientos por la falta de claridad de su clasificación legal.
La Sedema compartió a La Hoguera una nota informativa para aclarar las respuestas diferentes que había dado respecto al estatus y categorías de protección en la zona de «Los Dinamos». En esta, reconoció que cuenta con un antecedente histórico relevante de protección federal bajo la figura de Zona Protectora Forestal, gracias a un decreto del 27 de junio de 1932, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), bajo el nombre «Bosque de la Cañada de Contreras».
La instancia encabezada por la secretaria Julia Álvarez Icaza Ramírez señaló —como lo ha hecho antes este portal— que tal documento establecía protección a 3 mil 100 hectáreas, que incluían la delimitación del cauce y la zona de influencia del Río Magdalena. Sin embargo, reconoció que esta figura legal ya no está en vigor desde 1996, cuando fue abrogada de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
La Secretaría precisó que pese a esa decisión, se estableció como parte del dictamen —en el artículo octavo transitorio— que:
“las zonas declaradas como reservas o zonas protectoras deberán ser objeto de estudios y análisis técnicos que evalúen si las condiciones que motivaron su establecimiento persisten. En caso afirmativo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) deberá promover, ante el Ejecutivo Federal y con opinión favorable del Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), un nuevo decreto de recategorización que les otorgue una figura vigente conforme al marco legal actual.”
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Asimismo, confirmó que, pese a que el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (PGOEDF), del año 2000, señala a los «Bosques de la Cañada de Contreras» como una ANP, la recategorización no se llevó a cabo y no tiene un reconocimiento federal vigente. En ese sentido, Sedema señaló que, pese a que el decreto sigue vigente —dado que la categoría de protección fue derogada— sería necesaria, con base en lo dispuesto por el artículo octavo transitorio de la reforma LGEEPA, una valorización de Semarnat para la recategorización de Los Dinamos como una ANP vigente.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y La Protección al Ambiente, una de las facultades de la Federación es el establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de competencia federal. En tanto, el artículo 56 señala que las autoridades de las entidades federativas podrán promover, ante el gobierno federal, el reconocimiento de las áreas naturales protegidas, que conforme a su legislación establezcan, con el propósito de compatibilizar los regímenes de protección correspondientes.
No obstante, el artículo cuarto de esa misma legislación establece que las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la CDMX ejercerán también sus atribuciones en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico.
La tarea pendiente desde la década de 1990
Cabe destacar que desde el 25 de marzo, La Hoguera publicó una entrevista con Julieta Jujnovsky, doctora en Ciencias con especialidad en manejo de ecosistemas y profesora de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en donde señalaba ya esta situación. Entonces, se destacó que la especialista apuntó que desde finales de la década de 1980, con la expedición de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección, se empezaron a recatalogar las Zonas Protectoras Forestales como Áreas de Protección de Recursos Naturales, pero que esto no fue en automático para todas las existentes y que temas presupuestales incidieron en que no se llevaran a cabo estudios necesarios para la redefinición del lugar.
“Hubo algunas que cambiaron (de estatus), pero a La Magdalena nadie la peló nunca, quedó en la indefinición legal. Incluso hubo áreas —como el Desierto de los Leones que era un Parque Nacional Federal– que se cedieron a la administración a la Ciudad de México a finales de los noventa. Está ese decreto de cómo se cede la administración. En La Magdalena no pasó nada de eso”, contó entonces.
Sus palabras refieren al acuerdo del 16 de abril de 1999 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual sirvió para que la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, encabezada por Julia Carabias Lillo, entregara al gobierno de Cuauhtémoc Cárdenas Solorzano la administración de las ANP denominadas Parque Nacional Desierto de los Leones, Parque Nacional Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla y Parque Nacional Cumbres del Ajusco. Con ese mismo documento, se recategorizaron, de ANP de interés federal a ANP de competencia local, al Parque Nacional Fuentes Brotantes de Tlalpan, Parque Nacional El Tepeyac, Parque Nacional Cerro de la Estrella y Parque Nacional Lomas de Padierna, haciendo mención de estudios justificativos que develan su deterioro.
Gobcdmx reitera que protege la zona con instrumentos propios
La Sedema señaló que mientras se redefine su recategorización en el ámbito federal, la gestión y conservación ambiental de ese territorio se realiza por parte de la Jefatura de Gobierno de CDMX, utilizando instrumentos vigentes. En ese sentido, reiteró lo dicho por Álvarez Icaza Ramírez el pasado 1 de abril, respecto a que este lugar tiene protección de Suelo de Conservación y la categoría de o Área de Restauración y Conservación Ambiental Comunitaria (ARCAC).
Sobre el suelo de conservación, la secretaría apuntó que la figura está en el artículo 16 de la constitución política local y que, a nivel programático, está normada y reconocida por el PGODF de hace 25 años, regulando directrices técnicas, ecológicas y de política pública para el uso, manejo y preservación de los terrenos bajo esa clasificación. «En el caso específico de Los Dinamos, el PGOEDF establece su zonificación dentro del SC como “Forestal de Conservación Especial”», añadió.
Sobre la ARCAC, apuntó que la figura existe desde 2019, cuando gobernaba la capital Claudia Sheinbaum Pardo, y está contemplada en el programa «Atépletl», para preservar el Suelo de Conservación mediante estrategias contra tala clandestina o cambio de uso de suelo. Asimismo, dijo que protege y restaura servicios ambientales de las zonas, conservando agua y biodiversidad de estas. En el caso específico abordado, enfatizó que desde 2023 se reconoció como ARCAC a la comunidad agraria de La Magdalena Atlitic, con superficie de 2 mil 215.12 hectáreas, dentro de las cuales están Los Dinamos.
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