Metrópoli
CAMe activa contingencia ambiental por ozono en el Valle de México

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que decidió activar la fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono ante los altos índices registrados esta tarde en el Valle de México. Asimismo, emitió nuevamente lineamientos para disminuir la exposición de la población al aire contaminado y disminuir así el riesgo a su salud, además de reducir la generación de contaminantes.
A través de un comunicado, la CAMe mencionó que a las 15:00 horas se registró una concentración máxima de ozono de 155 ppb en la estación Gustavo A Madero (GAM), ubicada en la alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México. A la par, explicó que esto ocurrió dado que alrededor de las 14:00 horas la estabilidad atmosférica de la Zona Metropolitana del Valle de México se incrementó de manera sustancial, generando así condiciones adversas para la dispersión de los contaminantes precursores del ozono.
«La intensa radiación solar que ha prevalecido en el valle impulsó las reacciones de formación de ozono a partir de los contaminantes acumulados, además de que el viento ha persistido con intensidad débil en lo que va del día. Se estima que en las siguientes horas continuarán las condiciones meteorológicas que dificultan la dispersión de los contaminantes», apuntó.
Ante el escenario, la comisión recomendó, entre las 13:00 horas y las 19:00 horas, evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre; suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas; y posponer eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados. Junto a ello, sugirió también no fumar en espacios cerrados.
A fin de reducir emisiones, recomendó facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes; evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes; y recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas, así como no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
A la par, llamó a revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico. Adicionalmente, instó a reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.
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Respecto a las restricciones para la circulación al transporte, señaló que, a partir del 19 de marzo, deberán suspender su circulación, en horario de 5:00 a 22:00 horas, 1) los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2; 2) los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9; y 3) los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
Junto a ello, estarán sujetas a esa orden 4) las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2; y 5) los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
En tanto, entrará en vigor la restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON. En tanto, indicó que los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Entre las exenciones están los vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento; los que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4; vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica; y vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua, así como aquellos de transporte escolar y de cortejos fúnebres que cuenten con holograma de verificación vigente.
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