Nación
Cofepris debe informar sobre fundamento de una verificación sanitaria y su sanción
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a entregar información sobre el acta de verificación sanitaria 19-MF-3309-01748-MO, con resultados y criterios utilizados para su resolución; el fundamento jurídico y motivos que llevaron a ese resultado, así como si existe una sanción y en qué consiste.
Durante una sesión del pleno, Joel Salas Suárez, comisionado del INAI, indicó que se solicitó dicha información por lo que la Cofepris respondió que dicha información está clasificada por cinco años, donde relaciona un procedimiento de verificación en trámite para constatar el cumplimiento de una legislación sanitaria.
«La información pública que genera la Cofepris influye en la vida de las personas, pero también en la economía nacional. Por un lado, carecer de medicinas o que estas generan reacciones adversas o no funcionen, puede trastocar la vida de los pacientes, pero también de sus familias», señala la respuesta.
Por su parte, el comisionado del INAI explicó que las verificaciones sanitarias que realiza la Cofepris son para vigilar los establecimientos y medicamentos, que no representen un riesgo a la salud de los mexicanos, por lo que afirmó que procede la entrega de información mediante una versión pública, la cual pudo turnarse a unidades administrativas competentes, sin embargo, dicha área fue omisa para pronunciarse a lo solicitado.
Asimismo, consideró que la salud se trata de un factor clave para el bienestar de la población, pero de igual forma para la productividad en el trabajo y en el caso de la industria farmacéutica, por lo que es de alta prioridad para el desarrollo económico del país.
«Una política farmacéutica responsable debe garantizar el acceso de la población a más y mejores soluciones en salud a través de productos de calidad, al tiempo que promueva el desarrollo de la industria farmacéutica», puntualizó.
Finalmente, el INAI ordenó una modificación a la respuesta de la Cofepris, por lo que deberá entregar información del acta de verificación sanitaria 19-MF-3309-01748-MO, donde muestre los resultados y criterios para su resolución, así como el fundamento jurídico y motivos para ese resultado, además de si existe alguna sanción y en que consiste, todo esto en versiones públicas.
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