Nación
TEPJF confirma acuerdo del INE sobre imposibilidad de recuperación de afiliados
Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de tomar como válida la última afiliación de una persona cuando se registre en dos organizaciones distintas que busquen convertirse en partido político nacional.
Esta decisión surge a raíz de que el pasado 22 de enero, el Consejo General del INE respondió una consulta de la organización Libertad y Responsabilidad Democrática Asociación Civil definiendo que no era viable el procedimiento para la recuperación de afiliados que asistieron a asambleas de dos o más organizaciones distintas interesadas en constituir un partido político nacional.
Esta organización impugnó la respuesta del INE dos días después, argumentando que se atentó contra su derecho de asociación política al omitir realizar una difusión adecuada de las consecuencias de la doble afiliación.
Acusaron que el Instituto atenta contra sus derechos al no tener previsto un mecanismo para recuperar afiliaciones y «constatar fehacientemente el sentir de la ciudadanía».
Por esto el Tribunal consideró inoperantes los argumentos pues el marco legal no obliga al Consejo General del INE a implementar campañas de difusión sobre las consecuencias de una doble afiliación en los procedimientos de conformación de partidos políticos nacionales, porque corresponde a dichas organizaciones difundir esa información.
Sobre el procedimiento de doble afiliación se dio a conocer que la organización omitió impugnar un acuerdo previo emitido por el INE, donde se expidió el Instructivo donde se sentaron las reglas que debían de observase en dichos casos.
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