Nación
Senado aprueba reforma a la Ley de Amparo para acotar la “suspensión”
Las bancadas del bloque de la “Cuarta Transformación” aprobaron en el Senado de la República una reforma a la Ley de Amparo para acotar la figura de la “suspensión”. Ante ello, la oposición acusó que se trata de una revancha contra el Poder Judicial por detener reformas inconstitucionales u obras, mientras que el oficialismo dijo que apoyarla era mostrar compromiso de que las leyes reglamentarias sean acordes con el texto constitucional.
La reforma aprobada a la Ley de Amparo consiste en la eliminación del último párrafo del artículo 129 constitucional, el cual indica que el órgano jurisdiccional de amparo excepcionalmente podrá conceder la “suspensión” aún cuando se trate de los casos previstos en el artículo. Esto si a su juicio con la negativa de la medida suspensional pueda causarse mayor afectación al interés social.
Asimismo, agrega un tercer párrafo al artículo 148 diciendo que, tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las “suspensiones” que se dicten fijarán efectos generales.
Al inicio de la discusión, la senadora morenista Olga Sánchez Cordero Dávila cuestionó que un juez de Distrito pueda conceder una “suspensión” con efectos generales si la sentencia de amparo sólo se ocupará de los quejosos. A la par, mencionó que al no haber un límite de temporalidad del recurso, hay riesgo de que nunca entre en vigor una norma que tiene una presunción de constitucionalidad emitida por los congresos federal y local.
«El dictamen es acorde al principio de relatividad de las sentencias de ampro que se fundamenta en el artículo 102, fracción II de la Constitución Federal, que expone que las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los quejosos que hubieren solicitado el amparo […] Queda intocado el juicio de amparo, queda intocada la suspensión porque este fue un precedente únicamente de algún juzgador o de algunos juzgadores. Por supuesto que no estamos afectando derechos», aseguró.
Por su parte, Claudia Ruiz Massieu aceptó que la posibilidad de suspender un acto de autoridad no se suprime con la reforma porque está en la Constitución Política, pero aseguró que los integrantes de la 4T sí quieren acotarla, disminuirla y debilitarla. Además, señaló que es rebatible la afirmación de que la judicatura ha abusado de la figura de la suspensión, ya que no se da información o razonamiento alguno para sustentarla.
“Con claridad, lo digo, para mí esta iniciativa se enmarca en el contexto de la confrontación promovida y alimentada desde el Poder Ejecutivo, con el Poder Judicial de la Federación, particularmente por el enojo causado por el freno que pusieron los jueces a la actuación inconstitucional del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo en temas que son importantes para la agenda presidencial”, comentó.
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Enseguida, la senadora Laura Ballesteros, integrante del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC), aseguró que el dictamen pondría en indefensión a las personas más vulnerables. Asimismo, dijo que el amparo es la principal vía para defender los derechos humanos de las personas y criticó que se legislara prontamente en comisiones este tema cuando hay pendientes 262 iniciativas y 34 minutas.
A la par, la legisladora sostuvo que se trata de un intento del oficialismo para evitar “suspensiones” contra el “decretazo” que declaró como de seguridad nacional obras públicas para evitar dar información sobre ellas; el plan B electoral; o la subordinación de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
Desde el Partido Acción Nacional (PAN), Damián Zepeda Vidales expuso que la reforma a la Ley de Amparo dejará a los mexicanos a merced de abusos alcaldes, gobernadores o hasta el gobierno federal. Este dijo que el amparo nació para proteger individualmente a persona de actos de autoridad, pero en 2011 evolucionó para proteger derechos colectivos de ciudadana.
“Al juzgador le dio la obligación de siempre interpretar a favor de los ciudadanos proteger sus derechos, a la autoridad la obliga a siempre actuar a favor de ampliar derechos. Por lo tanto, no se le puede quitar un derecho, en este caso procesal, un derecho de protección que tiene, a nadie. Por lo tanto, es inconstitucional lo que quieren hacer quitándole una protección que tiene el ciudadano”, alegó el legislador.
Zepeda Vidales comentó que lo que pretende el bloque mayoritario es también que nadie pueda parar el gobierno cuando hace una obra. En tanto enfatizó que la «suspensión» es un recurso para que no se consume un acto, de modo que si se limita ya solamente quedará la «acción de inconstitucionalidad» para evitar que una ley que atenta contra la Carta Magna no tenga vigencia; asimismo, recordó que esta requiere de consenso en el Congreso de la Unión, su presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el voto de 8 ministros en ese sentido.
Finalmente, el senador Ricardo Monreal Ávila, de Morena, argumentó que lo expresado por la oposición fueron “inexactitudes, barbaridades e inconsistencias” producto de la ignorancia o el clima electoral. Al respecto, señaló que la reforma tiene como fondo evitar la “dictadura de la toga” y hacer que jueces y magistrados respeten el trabajo legislativo.
“El juez de Distrito no puede declarar inconstitucional una norma porque eso es invadir la esfera de competencia nuestra, es invadir nuestro trabajo y no puede derogar una norma que ha surgido de un proceso legislativo del Congreso de la Unión”, pronunció. Igualmente, precisó que un juez puede proteger a las personas de actos reclamados, pero no puede decir que una norma es inconstitucional porque no está facultado.
Tras la discusión en lo general, el Senado de la República aprobó el dictamen con 69 votos a favor y 42 en contra; enseguida, comenzó una breve discusión en lo particular, donde no se aprobó ninguna modificación, por lo que finalmente la Cámara de Senadores expuso que hay 66 votos a favor y 37 en contra, por lo que el proyecto pasará a la Cámara de Diputados para su evaluación.
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