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Ratifica Tribunal triunfo de Martha Érika Alonso

Tribunal avala triunfo de Martha Érika en Puebla

A punto de la medianoche del sábado, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF, también conocido como Trife) validó el triunfo de Martha Érika Alonso en la elección por la gubernatura del estado de Puebla.

Por mayoría de 4 votos, contra 3, fue desechado el proyecto que proponía la anulación de la elección por la gubernatura poblana.

Este proceso de impugnación fue promovido por el partido Morena y quien fuera su candidato Miguel Barbosa, acusando de fraude, violencia e incidencia gubernamental para favorecer a la candidata de la coalición «Por México al frente», Martha Érika Alonso, esposa del senador y ex gobernador Rafael Moreno Valle.

En la primera intervención, el magistrado José Luis Vargas Valdéz, presentó su proyecto de nulidad de este proceso electoral por distintas irregularidades que vulneran la autenticidad e integridad de los paquetes electorales y la autenticidad de los datos y contenido que estos presentaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Señaló que se comprometió la credibilidad de los resultados electorales por la vulneración de la «Cadena de custodia», es decir, que la bodega donde se encontraban los paquetes electorales de todos los distritos electorales de Puebla no contaba con las medidas de seguridad suficientes, tales como una videovigilancia existente durante los últimos 12 días de su almacenamiento de 53 que se mantuvieron ahí; la falta de concordancia entre las bitácoras y los videos, donde se registra a la zona de paquetes electorales la entrada de hasta 10 personas cuando solamente se registran 4, mostrando cómo quienes ingresan salen con mochilas abultadas y en una ocasión, la entrada de un automovil donde, presuntamente, se montarían en él algunos paquetes electorales. Además, se registra la «no existencia» de un guardia que los resguarde

Esto, se dijo, impide que el resultado dado tras recontar los votos, tenga la certeza puesto que el material quedó expuesto, sin la custodia que la norma electoral solicita, a la manipulación, previo a este procedimiento que buscó dar certeza. Mencionó que los cómputos distritales no pueden tener valor para respaldar el resultado, dado que los múltiples errores señalados en su momento fueron los que provocaron el recuento antes mencionado.

El segundo que intervino fue el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, quien señaló que votaría a favor de esta propuesta ya que se debe considerar los criterios cualitativo y cuantitativo. Argumentó que el problema jurídico está relacionado con diversas irregularidades en la «Cadena de custodia» que impactan en la veracidad en actas de cómputo y paquetes electorales presentados, generando una violación a los derechos constitucionales de certeza, legalidad y autenticidad del voto.

El tercero en tener la palabra fue el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, cuyo voto fue por la negativa, considerando que la violencia no inhibió participación, dado que fue una de las elecciones con más participación en la historia del Estado. Indicó que que las violaciones señaladas no bastan por si solas, ni en conjunto, para firmar que se anula la elección, dado que se centra únicamente en la «posibilidad» de alteraciones electorales y no en pruebas empíricas.

Además, dijo, la elección fue sometida al «voto por voto y casilla por casilla», negando cualquier prueba de que los resultados hayan sido manipulados dado que ambos candidatos punteros recuperaron o perdieron votos de manera proporcional en cada casilla recontada y en el total, ambos perdieron votos(49019, Martha Érika Alonso; 33438 Miguel Barbosa) en el recuento. Sentenció, que las «posibilidades» no pueden dilapidar la confianza en las instituciones.

El cuarto en otorgar su opinión fue el Magistrado Indalfer Infante Gonzales. Este comentó que estaba en contra del proyecto presentado dado que Morena tuvo conocimiento de supuestas irregularidades
y las reportó fuera del plazo requerido. Señaló, que esto aplica tanto en la desincorporación del material electoral como en el caso de la «Cadena de custodia», ya que sobre esta no fue promovida la ampliación de demanda en el tribunal electoral local, por lo que la forma en que fue resguardado el material electoral jamás fue sometida al conocimiento al Tribunal Electoral de Estado de Puebla, por lo que la Sala Superior del TEPJF no puede analizar el fondo de esas cuestiones.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña inició su discurso señalando que votaría en contra del proyecto. Indicó que la violencia no fue generalizada y la participación fue la quinta de mayor los pasados comicios electorales. Señaló que la «cadena de custodia» aplicación debe hacerse en atención a diferentes principios que tutela la materia en particular. Mencionó que las pruebas no señalan con contundencia que no se vulnera el principio de certeza dado que no hay prueba alguna de que haya alteraciones o manipulara los resultados y los paquetes electorales, especialmente porque no hubo una variación alta en los porcentajes o ganador distinto en los recuentos de votos. Consideró que si hubieran sido manipulados, los resultados hubieran ido en contra de la candidatura perdedora, sin embargo, en el recuento final fue quien mejoró sus números. Concluyó que la derrota de Barbosa se puede explicar, como sucedió en otros estados, por el fenómeno común del voto diferenciado.

La quinta en posicionarse fue la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, quien reconoció que el Magistrado José Luis Vargas impulsó mediante su proyecto, y su difusión, la justicia abierta, buscando la mejor manera para que haya un diálogo abierto y directo entre las instituciones y la sociedad. Dijo que el proyecto es un análisis que busca una democracia sustantiva. Mencionó que los cómputos distritales están borrados por completos, la falta de certeza hizo que se eliminara esos resultados, y que sí hubo una falta a los protocolos que no pueden «obviarse».

Después de tomar la palabra por hora y media, mostró su voto a favor del proyecto dado que las violaciones alegadas trascienden por no haber certeza de que sea la intención del electorado.

Finalmente, la Presidenta Magistrada, Janine M. Otálora, fijo que la manipulación solo podía verificarse cuando el estado de paquetes electorales evidencia su apertura y que estuviesen reventados. Indicó que los OPLES suelen tener pocos recursos y por ende sus bodegas en malas condiciones , componen este caso, sin embargo, no existían pruebas fehacientes de que hubiesen sido intervenidos los materiales electorales, por lo que declinó en contra del proyecto de anulación.

De esta manera, por votación de 3 sufragios a favor ante 4 votos en contra, Martha Erika Alonso ve ratificado su triunfo y su posición como gobernadora electa del Estado de Puebla, convirtiéndose en la primera gobernadora del Estado y la primera gobernadora panista. Su triunfo asegura, a la vez, el tercer periodo del PAN al frente de la gubernatura de ese estado.

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