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Nación

“Paro de ministros no está previsto en la Constitución y procedería su destitución»: ministras Batres, Esquivel y Ortiz

Foto: Especial

Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declararon que un paro de ministros del “máximo tribunal constitucional” no está previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por eso mismo, advirtieron que estos podrían ser objeto de destitución a causa del incumplimiento de las labores para los que fueron designados.

A través de un comunicado, Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz confirmaron que ellas tres se manifestaron de manera enérgica en contra de la suspensión de labores del pleno de la SCJN, puesto que es responsabilidad de los ministros el prestar el servicio público de impartición de justicia. Asimismo, precisaron que el artículo constitucional 109, fracción I, dispone que procederá, mediante el juicio político, la destitución e inhabilitación para otros cargos de los ministros que incurran en actos u omisiones que redunden en perjuicio de intereses públicos fundamentales o su buen despacho.

«No está prevista la figura del paro de labores a nivel constitucional ni legal para los titulares de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es decir, mediante un acuerdo de las Ministras y Ministros. El personal de confianza no puede ni siquiera salir a huelga, de conformidad con múltiples criterios sostenidos por la propia SCJN, como la jurisprudencia 118/2016, de la Segunda Sala», argumentaron.

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En un sentido similar, indicaron que el artículo 110, fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que incurrirá en responsabilidad la persona servidora pública que deje de desempeñar las funciones o labores que tenga a su cargo. En tanto, añadieron que el Código Penal Federal establece la «omisión de proporcionar el servicio público» y el «pago indebido de remuneraciones sin tener derecho a ello» como hechos de corrupción.

Apelando al artículo 17 constitucional, donde se reconoce el derecho fundamental a la impartición de justicia en los plazos y términos que fijan las leyes, indicaron que propusieron sesionar a distancia. Detallaron que actualmente se cuenta con una lista de 28 proyectos distribuidos en el tribunal pleno y en las salas hay dos listas que suman más de 200 asuntos.

Finalmente, las ministras de la SCJN advirtieron que la «Justicia suspendida, es justicia denegada». En tanto, reiteraron que la Corte es la cabeza del Poder Judicial de la Federación, por lo que sus integrantes tienen la imprescindible encomienda y obligación de impartir y garantizar el acceso de la justicia de todo el pueblo.

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