Nación
“No vamos a bajar la publicación de la reforma judicial y vamos a interponer una denuncia”, responde Sheinbaum
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo reviró a la jueza Décimo Noveno de Distrito con sede en Veracruz, Nancy Juárez Salas, que no bajará la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) que la hace constitucional, y advirtió que interpondrá una denuncia en su contra ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
“No vamos a bajar la publicación, y número dos, vamos a hacer una denuncia ante el Consejo de la Judicatura Federal. Ya sabemos que la Judicatura no necesariamente está haciendo su trabajo, pero de todas maneras no queremos que quede en la impunidad”, sostuvo.
La mandataria mexicana insistió en que los jueces no tienen ninguna atribución legal para tratar de detener la reforma judicial respaldada por el pueblo de México. En ese sentido, subrayó que “ni una jueza, ni ocho ministros, pueden parar la reforma que pidió el pueblo”. En ese sentido, reiteró que “la reforma va”.
La orden de la jueza a bajar la reforma del DOF también señala que, de no acatarse, como lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador, se dará “vista al Ministerio Público” para que se ejecute la sanción, que de acuerdo con el artículo 262 de la Ley de Amparo en su fracción III establece “una pena de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión”.
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“Ahora que una jueza que por su propio criterio que no tiene nada que ver con las leyes con el Estado de Derecho que tanto se habla, sino que por una ocurrencia quiere hacer algo contra un servidor público como lo fue el presidente López Obrador ¿con qué sustento? Una jueza que por invento le pide a la presidenta que quite del Diario Oficial de la Federación lo que al presidente le ordenó el poder Legislativo después de un proceso electoral donde el pueblo de México determinó la composición del poder legislativo y la Constitución y la ley de procedimientos electorales ese poder legislativo”, añadió.
La presidenta explicó la denuncia la interpondrá para que quede evidencia que la jueza por encima de sus funciones está pidiendo que se baje una publicación que se hizo a partir de un proceso legislativo de cambio constitucional que está establecido en la Constitución y que deriva de la voluntad del pueblo expresada el 2 de junio de 2024.
Por su parte, el ministro en retiro, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, sostuvo que la orden de la jueza está fuera de norma porque “una suspensión no puede tener, como en este caso, efectos restitutivos que es eliminar o quitar una publicación en el Diario Oficial”, en otras palabras, señaló, se está exigiendo a la presidenta algo que jurídicamente es imposible porque “el acto ya está consumado”.
Dijo que el Poder Judicial no está exento de actuar en el ámbito de sus competencias y todas las suspensiones liberadas son abiertamente contrarias a derecho, primero, dijo, porque hay una posición en la ley de amparo que estable que los amparos no proceden en reformas constitucionales y en ese sentido, los jueces han inaplicado de forma automática.
Asimismo, reiteró que no procede la suspensión de un proceso legislativo, mucho menos de un proceso de reforma constitucional. Y en ese sentido, apuntó que a la suspensión se le está tratando de dar un efecto general, lo que está prohibido, “y se pretende que las suspensiones tengan efectos en procesos y procedimientos electorales, lo que también está prohibido”. Es decir, en estos casos “los jueces están actuando claramente al margen de sus atribuciones con un interés personal y directo en contra de la reforma estando impedidos para resolver y está desafiando y trastocando el orden constitucional”.
En su intervención, Ernestina Godoy Ramos, consejera Jurídica de la Presidencia de la República, señaló que existe una serie de argumentos jurídicos por los cuales “es totalmente improcedente lo que están ordenando los jueces” y entre los que destacan que es facultad soberana del constituyente permanente, exenta de revisión judicial, y así lo señala el artículo 135 de la Constitucional.
Además, la Carta Magna también indica que es Legislativo es el único depositario de la voluntad popular, por lo tanto, el Poder Judicial no tiene ninguna injerencia. Asimismo, la consejera Jurídica indicó que “no existe en el sistema jurídico mexicano una disposición que otorgue al Poder Judicial o a cualquier otro ente, facultad para cuestionar, revisar o anular la labor del órgano revisor de la constitución, por el contrario, la normatividad prevé expresamente la improcedencia de los juicios de amparo en contra de las adiciones y reformas a la constitución”.
Ante ello, dijo que, por tanto, “un juzgador no puede auto facultar para someter a revisión jurisdiccional una reforma constitucional. Porque más allá de sus atribuciones expresas, implicaría ponerse por encima del órgano revisor erigiéndose en la máxima autoridad del Estado mexicano y desconociendo el postulado del constituyente originario según el cual la soberanía nacional reside en el pueblo”.
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