Nación
Necesario regular y no prohibir maternidad subrogada: especialistas UNAM
Especialistas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) coinciden en que es imprescindible que nuestro país cuente con una normatividad marcada por la idea de autonomía y justicia, la cual debe, a toda costa, evitar abusos.
Los expertos señalaron que la maternidad subrogada refiere al préstamo, renta o comercialización del útero para que alguien más pueda tener un bebé. La subrogación supone retos para la medicina y el derecho, pero ello no puede servir como justificación para no regularla, aseguraron.
- Los retos presentes y a superar
La maternidad subrogada es un tema importante y polémico, el cual puede ser abordado desde una amplia gama de perspectivas: el estrictamente médico y científico, el social, el ético, el jurídico, etc.
Además, una de las causas por las cuales el tema causa revuelo social se debe a que, en algunos casos, quienes buscan la subrogación son parejas del mismo sexo “y eso complica aún más la situación”, apuntó Germán Fajardo Dolci, director de la Facultad de Medicina (FM).
Por su parte, Alicia Hamui Sutton, secretaria de Educación Médica de la FM, enfatizó que es mejor la regulación que la prohibición o la libertad absoluta del mercado.
La también académica subrayó que no se debe negar una práctica que beneficia a las personas; no obstante, es necesario prevenir el abuso o la explotación.
Hamui resaltó que se deben evitar abusos de cualquier tipo en las relaciones establecidas entre los involucrados; es decir, de la mujer que presta su vientre, del hijo que está por nacer y de las personas que van a criar al menor.
El verdadero problema está en proteger la dignidad humana en todos los sentidos, afirmó. “La ley debe garantizar el bienestar de las partes; las libertades de género, creencia, religión y todas las que se consagran en la Constitución se deben hacer valer”.
- La maternidad subrogada en México y el mundo
Entre los países que prohíben totalmente el préstamo, renta o comercialización del vientre se encuentran Alemania, Francia, Italia y China. Gran Bretaña, Canadá, Australia y Sudáfrica permiten acuerdos altruistas, pero prohíben los comerciales; y la India, Rusia y Ucrania autorizan la subrogación comercial.
En nuestro país, los estados de Tabasco y Sinaloa permiten la forma altruista y comercial; en el primer caso es sólo para parejas, casados, en concubinato y de nacionalidad mexicana; si bien no se prohíbe expresamente a parejas homosexuales, se alude a padre y madre contratantes y, de acuerdo con la interpretación en tribunales, se sabría si pueden tener acceso o no, explicó Luz Helena Orozco y Villa, la integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Además refirió la también licenciada en derecho por el ITAM que es necesario, de conformidad con la ley, que la madre contratante tenga imposibilidad o contraindicación médica para gestar, lo cual otorga a los médicos un papel relevante.
En Sinaloa el acuerdo de maternidad subrogada se permite sólo a mexicanos y cuando la madre no pude concebir y no hay nada claro para los casos de parejas homosexuales interesadas.
En el resto de las entidades, incluida la Ciudad de México, donde nada se dice, se deja en total indefensión a los ciudadanos, subrayó Orozco y Villa.
La abogada concluyó que las tres salvaguardas para garantizar procesos éticos en la regulación de la gestación subrogada son: el consentimiento informado, previsión de eventualidades (como cuando la gestante se arrepiente y no quiere entregar al bebé cuando nace) y la confidencialidad.
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