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Lo que debes saber de la Ley de Seguridad Interior

Lo que debes saber de la Ley de Seguridad Interior
Fotografía de Cuartoscuro

Luego de discusión, el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Seguridad Interior, la cual pretende dar certeza jurídica a las operaciones de las Fuerzas Armadas, es decir Ejército, Marina y Fuerza Aérea, en nuestro país.

¿Cuál es el propósito de la Ley de Seguridad Interior?

Esta ley busca crear un “mecanismo” mediante el cual el Presidente de la República puede ordenar el envío de tropas federales a una zona específica del territorio nacional en el que exista una afectación que atente contra la seguridad y las autoridades locales no puedan controlarla.

¿Cómo y cuándo se aplicará?

Con la aplicación de la Ley de Seguridad Interior, el Presidente de la República podrá aplicar una “Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior”, esto a petición de Gobernadores o Congresos.
Lo cual implicará la intervención de las Fuerzas Armadas en una zona o territorio, cuando se presenten “Amenazas a la Seguridad Interior”. Es importante mencionar que los Gobernadores o Congresos deberán detallar los motivos y hechos que pongan en riesgo la seguridad.

El Presidente, auxiliado por el Consejo de Seguridad Nacional determinará la Declaratoria y notificará a la SEGOB, a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), además de publicar la “Declaratoria” en el Diario Oficial de la Federación.

En la “Declaratoria” el Presidente nombrará a un Comandante de las Fuerzas Armadas que participen, para que dirija a los grupos interinstitucionales e informe al presidente en turno sobre las acciones aplicadas, a través de la SEGOB.

A su vez, el secretario de Gobernación deberá informar a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional sobre la “Declaratoria” de la que se trate.

La Hogueramx te comparte siete puntos clave de la Ley de Seguridad Interior:

  • Cuando las Fuerzas Armadas estén en función y se percaten de un delito, deberán informar al Ministerio Público para que intervengan. En tanto arriben las autoridades las Fuerzas Armadas deberán preservar y resguardar el lugar de los hechos, adoptar las medidas necesarias para auxiliar a las víctimas y entregar a los detenidos a las autoridades correspondientes.
  • De acuerdo con el artículo 7, se establece que las Fuerzas Armadas deben preservar, en todo momento y sin excepción, los derechos humanos y las garantías de los ciudadanos.
  • El artículo 8 señala que las protestas sociales o los movimientos que tengan un motivo político- electoral NO serán considerados “Amenazas a la Seguridad Interior”.
  • Respecto al uso legítimo de la fuerza, la Ley de Seguridad Interior ordena la utilización “racional y proporcional” de técnicas, métodos, tácticas, protocolos y armamento para controlar, repeler y neutralizar actos de resistencia. Esto deberá ser acorde a sus características.
  • Una “Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior” no podrá exceder de un año; en caso de ser necesario por amenaza a la seguridad, el Presidente podrá ordenar una prórroga.
  • En las declaratorias, las Fuerzas Federales están facultadas para realizar tareas de inteligencia y recolectar información mediante “métodos lícitos”.
  • La participación de las Fuerzas Armadas no podrán sustituir a las responsabilidades de las autoridades locales. Los gobiernos estatales y municipales deberán atender de manera directa las reuniones de coordinación con el Ejército, Marina y Fuerza Aérea.

TMP

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