Connect with us

Nación

Críticas a Ley de la GN es por ignorancia; participación de militares en elecciones se contempla desde la Constitución de 1917: Sheinbaum

Críticas a Ley de la GN es por ignorancia
Presidencia

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo afirmó que las críticas que ha recibido la Ley de la Guardia Nacional por parte de la oposición respecto a que los militares podrán pedir permiso para participar en elecciones para un cargo de elección popular es por ignorancia porque esta determinación está establecida así desde la Constitución de 1917 y la Ley Orgánica del Ejército desde 1986.

“Me voy a adelantar a una crítica que ya traen los comentócratas, corifeos, de estas leyes. Una de las críticas, muy ignorante, o sea, que muestra nada más su ignorancia: es que ahora, un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular o algún cargo. Bueno, resulta que esto viene de la Constitución del ‘17, aunque no había Guardia Nacional, es parte de la Ley Orgánica del Ejército”, señaló.

La mandataria federal detalló que lo único que se está haciendo con la nueva legislación que regula la Guardia Nacional es trasladar este artículo que ya está contenido en la Constitución para las Fuerzas Armadas y ahora con la creación de la Guardia también aplicará para ellos, pero sostuvo que no se cambia el carácter de formación policial que tiene la Guardia Nacional, pero con los beneficios de ser parte de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) como lo es acceder al servicio médico militar y las prestaciones que tienen los integrantes del Ejército.

Te puede interesar:Un buen juez no se define por una toga, sino por su honestidad: Sheinbaum

Sheinbaum Pardo explicó que en artículo 85 y 88 de la Constitución es donde se establece esta particularidad de que deben pedir licencia al menos 90 días antes para competir por un cargo de elección popular, lo cual se alinea también con el artículo 174 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea que señala que hay cuatro tipos de licencias que se pueden otorgar a sus miembros, la tercera reza: “La licencia especial es la que se concede o en la que se coloca a los militares para: Desempeñar cargos de elección popular”.

“O sea, esto viene desde la Constitución y después, en la Ley Orgánica para los miembros del Ejército, y se está equiparando para los miembros de la Guardia Nacional. Es decir, no hay nada nuevo, es nada más, pura ignorancia en la crítica, la verdad”, aseguró.

Publicidad

Síguenos en Facebook

Publicidad

Recomendaciones