Nación
Ante negativa de la Corte, Lenia Batres se inscribirá al ISSSTE y devolverá excedente de salario
Ante la negativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de inscribirla al servicio de salud del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y a disminuirle el salario para ganar menos que el presidente Andrés Manuel López Obrador como lo estable la Ley Federal de Remuneraciones, la ministra Lenia Batres Guadarrama responde que ella misma ha solicitado su incorporación al servicio de salud público y el excedente de su salario lo devolverá a la Tesorería.
“He tramitado mi incorporación voluntaria al ISSSTE y la devolución directa del excedente de las remuneraciones en la Tesorería de la Federación”, afirmó la recién nombrada ministra por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Como lo habíamos adelantado, el pasado 4 de enero el director general de Recursos Humanos de la SCJN, Pedro Estuardo Rivera Hess, respondió a Batres Guadarrama que su solicitud de que le fuera incorporada al ISSSTE no era posible debido a que los ministros son considerados —de acuerdo con una determinación del Pleno de la Corte— como “patrón equiparado” por ser los titulares del órgano máximo del Poder Judicial de la Federación (PJF). Y que implicaría tener una pensión cuando se retiren, duplicando así dos beneficios por un mismo trabajo.
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El funcionario de recursos humanos, también abunda que al “no poder ser dados de alta en el ISSSTE”, los ministros por ello cuentan con un seguro de gastos médicos mayores con el propósito de garantizar su acceso a servicios de salud, accidentes y enfermedades, así como seguro de vida, “los cuales forman parte de las condiciones generales de trabajo de la SCJN”.
Sobre la reducción de salario para no violar la Constitución en su artículo 127, fracción II, la Corte respondió que está “obligada” a realizar el pago de nómina conforme al tabulador vigente y autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2023-2024.
Además, señala que la SCJN “en su carácter de máximo intérprete de la Constitución, emitió un pronunciamiento en torno al contenido y alcance del numeral 127, al resolver la acción de inconstitucionalidad 105/2018 y su acumulada 108/2018, fallada por el Tribunal Pleno en sesión del 20 de mayo de 2019”.
Sobre esto, la ministra Lania Batres afirmó que el máximo tribunal olvida que existe una nueva Ley de Remuneraciones vigente, la de 2021, que sí establece los parámetros, por lo que critica que “véase por donde se le vea, no hay justificación para rebasar el monto constitucional”.
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