Nación
Publican normas para reelección de senadores
El Senado de la República publicó las normas que regularán la participación de senadoras y senadores en los comicios electorales de 2024 para buscar su reelección. Esto con base en el artículo 59 constitucional, el cual establece que podrán reelegirse hasta por dos periodos consecutivos.
El acuerdo publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República establece que los senadores podrán permanecer en el ejercicio de su cargo. Asimismo, señala que continuará el pago de dietas y apoyos económicos, por lo que deberán cumplir estrictamente las disposiciones relativas a ello.
En tanto, advierte a los legisladores que si dejan de asistir a las sesiones en el Pleno, dará lugar al descuento de la dieta correspondiente, sin perjuicio de las previsiones contenidas en el Reglamento del Senado. No obstante, las reglas también posibilitan a estos a renunciar, por cuenta propia y por el periodo que señalen, a los apoyos económicos a los que tienen derecho.
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A la par, menciona que los involucrados deberán preservar la equidad y la imparcialidad de las contiendas electorales; cumplir con las obligaciones inherentes a su encargo y funciones en el Pleno y órganos parlamentarios; abstenerse de incurrir en actos anticipados de campaña; y evitar participar en actos de proselitismo político durante las sesiones.
Adicionalmente, el documento indica que los aspirantes a la reelección no deberán usar los recursos públicos, tanto humanos como materiales y económicos inherentes a su función, para influir en la voluntad de la gente. Asimismo, dice que no podrán prometer o condicionar programas sociales, servicios u otro trámite ante instancias gubernamentales, ni obstaculizar o facilitar algún trámite en la demarcación donde contiendan.
El acuerdo también determina que el Senado de la República podrá poner a disposición de la autoridad electoral que lo solicite la información relativa a la comprobación de los apoyos económicos. Además, se faculta a los órganos de gobierno senatoriales celebrar convenios de colaboración con el Instituto Nacional Electoral (INE), la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fepade) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
A fin de evitar que los senadores tengan una difusión ilegal de su figura valiéndose de los medios propios de la Cámara, el documento prevé prohibirles generar contenido que implique expresiones particulares, represente propaganda político-electoral o promoción personalizada.
Por su parte, el Senado deberá tener abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política electoral, o bien elementos de promoción personalizada de las y los senadores en la propaganda gubernamental sobre servicios educativos y salud. En tanto, el Canal del Congreso determinará qué contenidos suspender para acatar las disposiciones electorales correspondientes.
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