Nación
Hacienda autoriza la creación de la aerolínea del Estado Mexicano
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) autorizó la creación de la nueva aerolínea denominada “del Estado Mexicano” como lo había adelantado el presidente Andrés Manuel López Obrador cuyo propósito es “mejorar la calidad y cobertura de los servicios aéreos, así como impulsar la conectividad en el mercado en que existe demanda”, precisa la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Además, señala que la creación de la Aerolínea que será operada por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) representaría un motor de crecimiento, desarrollo y competitividad a nivel nacional e internacional”.
De acuerdo con el decreto, el Estado Mexicano tendrá una participación mayoritaria en la aerolínea y para la cual se aprobaron un millón de pesos para el ejercicio fiscal 2023, de los cuales el 90 por ciento, es decir, 990 mil pesos, serán aportados por la Sedena, y el 10 por ciento, 10 mil pesos, restante saldrá del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, con el fin de constituir la empresa estatal.
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“El capital social de la Empresa de Participación Estatal Mayoritaria será variable. La parte variable del capital social será ilimitada, y la parte mínima, sin derecho a retiro será de un millón de pesos y estará representada por 100 acciones nominativas, cuyo valor nominal será de 10 mil pesos cada una”, precisa.
Y agrega que la nueva empresa estatal podrá llevar a cabo “todas las acciones necesarias para promover, explotar y prestar el servicio público de transporte aéreo regular nacional e internacional de pasajeros, carga, correo o una combinación de éstos, por cuenta propia o, a través de personas públicas o privadas”.
También podrá prestar servicio público de fletamento bajo la modalidad de paquete turístico o de traslado, charter y taxi aéreo, además de obtener “concesiones, permisos, licencias, autorizaciones y ejecutar los actos necesarios para llevar a cabo su objeto social”.
Por otro lado, aclara que el presupuesto destinado a la creación saldrá de los recursos ya asignados a la Sedena (con movimientos compensados) y al Banco Nacional del Ejército, por lo que no será necesario incrementar el presupuesto a la dependencia.
Por último, señala que respecto a la duración, constitución, administración, liquidación y disolución (si fuera el caso) la empresa estatal se sujetará a las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y sus Estatutos Sociales, así como a las demás disposiciones aplicables.
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